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Crear Franquicias

La creación de una franquicia implica la reproducción de un modelo de negocio de éxito previamente experimentado, que cuenta con marca reconocida y que reúne un conjunto de procedimientos propios, susceptibles de transmisión a terceros.

Al crear una franquicia, se crea un acuerdo contractual en el que una parte de la relación cederá estos conocimientos que facilitan el éxito, y la otra parte se comprometerá a seguir unos parámetros y al pago de una serie de cánones.

El plan de negocio en franquicia debería comprender al menos:

1. Definición y viabilidad de franquiciar.

Para comprobar la viabilidad de franquiciar debemos valorar uno de los condicionantes más importantes para ejercer dicho modelo de negocio. Este será el de tener un concepto empresarial completo y probado.

Este concepto se verá apoyado en la posesión de buenas plataformas, exclusivos programas de control, acertados programas de selección de personal, aplicaciones informáticas de última generación que garanticen el aprovechamiento de los recursos, una estructura departamental que garantice una correcta comunicación entre las distintas partes, un uso del marketing y de la publicidad adecuados, popularidad de la marca, posibilidad de ofrecer formación inicial y continuada, concesión de territorialidad que garantice la exclusividad de la venta y por último la existencia de un contrato cierto, eficaz y ecuánime.

Para acometer un proyecto de expansión empresarial en franquicia, uno de los primeros pasos será definir la estrategia de negocio estudiando aspectos como la posible competencia de otras enseñas, la sistematización de las operaciones, la política de aprovisionamiento, el plan de marketing, la marca e imagen de la enseña, la atención al franquiciado y la estructura y control de la futura red.

En este estudio se deben realizar detalladamente las previsiones de crecimiento empresarial y las valoraciones económicas  correspondientes a la implantación del proyecto como central de franquicia y como establecimiento franquiciado. Este último estudio debe contar con un plan económico financiero previsional a tres años.

2. Presentación del negocio y elaboración de la documentación contractual.

Una vez valorada la franquiciabilidad de nuestro negocio, y una vez hayamos definido los aspectos estratégicos de explotación del negocio en franquicia, resultará necesario disponer de un buen soporte documental conforme a los condicionantes legales establecidos por la normativa nacional y comunitaria. En este proceso se deberá atender a:

• Redacción del Dossier informativo de Franquicia.
• Elaboración del Precontrato de Franquicia.
• Elaboración del Contrato de Franquicia.
• Preparación de la documentación e Inscripción en el Registro  de Franquiciadores.

3. Transmisión del Saber Hacer.

Uno de los elementos esenciales en todo acuerdo de franquicia es la transmisión que el franquiciador hace al franquiciado de su Saber Hacer. Esta transmisión ha de materializarse a través de la entrega de los soportes materiales que contengan el Know How del franquiciador, que permitan el desarrollo del negocio franquiciado bajo parámetros uniformes.

Los manuales operativos harán referencia a aspectos muy concretos de la actividad a desarrollar o a criterios de funcionamiento de la relación empresarial.

Estos manuales incorporarán información relativa a la actividad exacta a desarrollar y cómo hacerlo, el papel fundamental de los recursos económicos, técnicos y humanos, el estudio del entorno y sus cambios, y por último las pautas para controlar y mejorar nuestra calidad y nuestra productividad.

El franquiciador deberá dar asistencia inicial y continuada a sus franquiciados por lo que habrá que prever también la capacidad de la empresa para llevarla a cabo.

4. Plan de Desarrollo Empresarial.

Uno de los puntos más importantes a tener en cuenta es la planificación previa del crecimiento de los puntos de venta de la red. Algunos aspectos imprescindibles en este paso son en relación a:

• Determinación de zonas de implantación prioritaria.
• Definición y análisis del perfil ideal del franquiciado.
• Establecimiento del nivel poblacional estimado para la rentabilización de la actividad y parametrización de la zona de exclusividad territorial de una unidad.
• Establecimiento de los objetivos anuales de aperturas y la cobertura temporal y geográfica del mercado.
• Concreción de la estrategia organizativa de expansión.
• Descripción de las acciones de comunicación necesarias alcanzar los objetivos establecidos.

El Registro de Franquiciadores

El Registro de Franquiciadores tiene un carácter público y una naturaleza administrativa, y sus efectos no son jurídicos, si no únicamente de información y de publicidad.

Además, su inscripción es obligatoria para todas aquellas empresas que quieran desarrollar en España la actividad de franquiciadores.

El registro tiene como objeto establecer las condiciones básicas para ejercer la actividad de cesión de franquicias, la regulación del funcionamiento y la organización del registro de franquiciadores, según establece la legislación vigente.

Los documentos a presentar incluirán como mínimo datos referentes a los franquiciadores, derechos de propiedad industrial o intelectual y descripción del negocio objeto de franquicia

En nuestra sección Cómo Inscribirse en el Registro de Franquiciadores se encuentra un completo desglose de todos los documentos necesarios.

La franquicia, como sistema comercial y la regulación del Registro de Franquiciadores se incorporó a la legislación española a través de la Ley de Comercio Minorista. Posteriormente se han modificado algunos de los aspectos del registro en el Real Decreto 201/2010, que ha venido a derogar el anterior reglamento.

Además del Registro de Franquiciadores, se encuentran recogidos en la legislación española la definición del concepto de franquicia, la regulación de la información precontractual y el deber de confidencialidad.

Para buscar más apoyos legales en el resto de la materia que pudiésemos necesitar habría que acudir al Código Deontológico de la Franquicia o a la normativa comunitaria reguladora de la limitación de la competencia y prácticas verticales.

El Registro de Franquiciadores según el RD 201/2010 tendrá las siguientes funciones:

1. La inscripción de los franquiciadores en el registro a propuesta de las comunidades autónomas donde aquéllos tengan su domicilio o directamente a solicitud del interesado, en el caso en que la comunidad autónoma correspondiente no establezca la necesidad de comunicación de datos.

2. La asignación de una clave individualizada de identificación registral, que se notificará a la empresa inscrita o a la comunidad autónoma correspondiente dependiendo del caso. Las empresas podrán solicitar dichas claves si así lo desean.

3. Actualización de forma periódica de la relación de los franquiciadores inscritos en el registro y de los establecimientos franquiciados con los datos aportados por las empresas o por las comunidades autónomas.

4. Inscribir las cancelaciones de los franquiciadores cuando hayan sido acordadas por el propio registro o a instancia de las comunidades autónomas, por solicitud de la empresa, por falta de actualización o por decisión judicial.

5. Expedir las oportunas certificaciones acreditativas de los franquiciadores inscritos en el registro y de la correspondiente clave de identificación registral.

6. Dar acceso a la información registral a los órganos administrativos de las comunidades autónomas que lo soliciten.

7. Suministrar a los ciudadanos la información de carácter público que se solicite relativa a los franquiciadores inscritos.

8. Inscribir a los franquiciadores que no tengan su establecimiento en España o en la Unión Europea, los cuales comunicarán sus datos directamente a este registro, así como las posteriores modificaciones de los datos.

9. Otras funciones compatibles con su actividad que le sean encomendadas por la autoridad competente.

Los franquiciadores tendrán la posibilidad de inscribir otras informaciones adicionales en el registro con fines publicitarios y de información si así lo desearan.

Estos datos serán referidos a temas como la posesión de certificados de calidad, con el cumplimiento consiguiente de las normas necesarias para la obtención de esta identificación de calidad.

Además, se podrán incluir las adhesiones que la empresa pueda poseer a un sistema de solución extrajudicial de conflictos entre franquiciador y franquiciado.

Por último, también cabría incluir firmas de códigos de buenas prácticas en el ámbito de la franquicia, adhesiones a sistemas arbitrales de consumo, u otros datos que pudieran ser de interés público.

Franquiciadores

El franquiciador es aquella persona física o jurídica que desarrolla y gestiona un modelo de negocio sobre un determinado producto o servicio, que busca la expansión del mismo a través de concesiones a los inversores –franquiciados-  sobre el derecho de operar bajo su marca y modelos organizativos y operativos.

Por tanto, la figura del franquiciador es la encargada de comenzar el desarrollo de una fórmula original y que haya obtenido una acogida positiva por parte de los consumidores; con el objetivo de conseguir esta expansión en base a la estrategia ya definida en su modelo de negocio y experimentada durante un tiempo representativo.

El objetivo principal es la expansión del negocio, mediante una ocupación rápida del mercado sin la necesidad de aportar recursos propios; haciendo uso de los recursos de infraestructura y económicos de una figura ajena.

Esta fórmula otorga una mayor rentabilización de las inversiones, la mejora en los canales de distribución y un notorio aumento de la imagen de marca, a la vez que los costes de marketing y publicidad se optimizan con la figura de los franquiciados.

El espíritu emprendedor del empresario debe valorar, antes de dar el paso hacia la fórmula de franquicia, una serie de aspectos que debe cumplir su negocio:

•   Contar con un sistema empresarial concreto, de éxito, con capacidad de crecimiento y de fácil trasmisión.

•   Saber transmitir los valores de experiencia, conocimiento, formación, cultura y esencia corporativa, agrupados en el know how de la franquicia.

•  Disponer de una estructura empresarial que pueda cumplir su función de soporte ante el franquiciado, bien con recursos propios o externalizados. Esto incluye infraestructuras, capacidad financiera y solvencia profesional.

•   La actividad no debe basarse en una demanda temporal, sino que debe centrarse en un mercado continuo y con posibilidad de desarrollo expansivo.

•  La existencia de un contrato, soporte informativo y un plan económico financiero es fundamental a la hora de asistir, trasladar la información y formación a los franquiciados. Para ello, es recomendable recurrir a Abogados y Consultores Expertos en Franquicia e independientes a la empresa.


Como todo proceso empresarial, esta fórmula de negocio conlleva una serie de ventajas e inconvenientes que deberá asumir el franquiciador a la hora de franquiciar.


Ventajas

•   Reducción de gastos de personal y control.

•   Puesta en marcha de economías de escala en todos los niveles estructurales.

•   Apertura de nuevos mercados, con un ágil desarrollo de la actividad empresarial.

•   Disminución de los riesgos económicos financieros.

•   Recepción de ideas, propuestas y conocimientos sin coste alguno, creando sinergias.

•   Ruptura de las barreras económicas y de recursos humanos, asociadas tradicionalmente a los procesos de crecimiento y desarrollo empresarial.

•   Difusión de la imagen de marca, creciendo su nivel de notoriedad y asentando una sólida presencia.


Inconvenientes

•   Complejidad comunicativa entre distintos puntos de venta.

•   Menor beneficio por unidad, aunque en conjunto aumenta cuanto mayor sea el volumen de venta.

•   Complicaciones a la hora de ejercer el control local de cada unidad de negocio franquiciada.

•   Dificultad de transmisión y cumplimiento del saber hacer, requiere una alta implicación por ambas partes, franquiciador y franquiciado.

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