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Ventajas de la formación inicial en franquicias

La obligación del franquiciador de facilitar una formación inicial a sus franquiciados antes de la apertura de la unidad franquiciada es evidente al establecerse el contrato de franquicia.

La formación inicial deberá incluir la cesión de un método empresarial propio y completo a través de la transmisión de sus elementos distintivos, un saber hacer, suministros y asistencia técnica por el cual el franquiciado pagará una prestación económica directa o indirecta, etc.

El coste que puede suponer a la central franquiciadora impartir la formación inicial, se sufraga mediante el canon de entrada, que deberá pagar el franquiciado para entrar a formar parte de la cadena, solo suele quedar a expensas del franquiciado los gastos de desplazamiento y manutención durante el tiempo de esta formación.

La formación inicial debe de ser completa y detallada, ya que los posibles franquiciados suelen ser empresarios que carecen de experiencia en el sector concreto y casi siempre  en el Know How de la enseña.

La formación, además de reportar conocimientos técnicos u operativos, debe transmitir el concepto empresarial creado por el franquiciador y su especial idiosincrasia.

Gracias a una completa formación inicial se podrá preparar el inicio de la actividad del franquiciado y beneficiar a este con los conocimientos adquiridos en años de experiencia y transmitidos ahora en unos pocos días.

Este requisito de la formación permitirá al nuevo franquiciado conocer qué debe hacer para lograr la rentabilidad prevista en su nuevo negocio.

El programa de formación se debe componer de partes teóricas y prácticas. Habitualmente, las franquicias plasman sus acciones formativas en los manuales operativos.

Los manuales operativos recogen una serie de preceptos y procedimientos en relación a la gestión y administración del negocio, la información técnica de las instalaciones, los procedimientos operativos de explotación, etc.

Estos manuales y los programas de formación permiten la cesión del saber hacer y la propia experiencia del franquiciador a sus franquiciados de un modo ordenado y sistemático.

Cada central franquiciadora establece sus propios manuales operativos, no existe un guión estándar para desarrollar éste, puesto que cada enseña tiene sus propias circunstancias.

Suele ser muy habitual en franquicia la contratación de Consultores y abogados expertos en Franquicias para la ayuda en la realización de estos manuales y en la estandarización de los procedimientos.

Para complementar la información que ofrecen los manuales operativos, una de las acciones formativas más recomendadas consiste en el desplazamiento del franquiciado a los centros pilotos para poder apreciar el modelo de organización del centro de trabajo y ponerlo en práctica en su propio centro.

Una vez abierto el centro franquiciado la formación, también se impartirá en el nuevo centro por parte del franquiciador. Esta práctica es indispensable para integrar el saber hacer de modo eficaz en el establecimiento aperturado.

Es importante señalar que el franquiciado necesitará mayor apoyo de la central franquiciadora en el momento de la apertura de su establecimiento. Ya que este es el momento en el cual se pone en práctica toda la formación inicial, y donde pueden surgir dudas operativas.

Sin duda una formación inicial de calidad aumentará las probabilidades de éxito del negocio y vinculará de modo satisfactorio al nuevo franquiciado y a su equipo con la franquicia.

Así, podemos concluir que la formación inicial es una ventaja para la red y no sólo una obligación.

Cómo inscribirse en el Registro de Franquiciadores

El Registro de Franquiciadores es un registro administrativo de carácter público que tiene por objeto dar publicidad e informar sobre las empresas franquiciadoras.

Este registro no incluye únicamente datos generales sobre las empresas franquiciadoras, sino datos cualitativos sobre las empresas que permiten un mayor grado de información sobre estas.

Las personas físicas o jurídicas que deseen llevar a cabo en nuestro país una actividad franquiciadora deben transmitir al registro de la comunidad autónoma en la que van a desarrollar su actividad todos sus datos en un plazo no superior a tres meses, como establece el apartado 2 del artículo 62 de la Ley 7/1996.

Transmitir al registro de franquiciadores estos datos no condiciona el inicio de la actividad empresarial, pero si transcurrido el citado plazo no se ha cumplido con esta exigencia, se le impondrá al responsable la correspondiente sanción, conforme con lo previsto en la ley ya mencionada.

En el caso de que el órgano competente de la comunidad autónoma no establezca la necesidad de la comunicación de datos, estos deberán facilitarse al registro de franquiciadores del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Los datos podrán entregarse en cualquier lugar indicado en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El Ministerio del Interior dicta que los franquiciadores que no tengan su establecimiento en España o en la Unión Europea, deberán comunicar sus datos directamente al registro central así como las posteriores modificaciones, debiendo presentar el original y la copia traducida de la documentación.

El artículo 7 del Real Decreto 201/2010 por el que se regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de franquiciadores, habla sobre el procedimiento para efectuar la comunicación de datos.

En él se enumeran los datos que deben incluirse obligatoriamente en el informe presentado al registro.

1. Datos referentes a los franquiciadores, incluyendo el nombre o razón social del franquiciador, su domicilio, los datos de inscripción en el Registro Mercantil y el número o código de identificación fiscal.

2. Denominación de los derechos de propiedad industrial o intelectual objeto del acuerdo de franquicia y acreditación de tener en vigor la titularidad de licencia del uso de los mismos, así como su duración y eventuales recursos judiciales interpuestos por el titular de la marca si los hubiere.

3. Descripción del negocio objeto de la franquicia, incluyendo el número de franquiciados que componen la red y su número de establecimientos, distinguiendo entre los que son propios y los que funcionan bajo régimen de franquicia, indicando la ubicación de ambos.Además debe señalarse cuánto tiempo lleva la empresa ejerciendo la actividad franquiciadora y los franquiciados que han dejado de pertenecer a la red en España en los dos últimos años.

4. En el caso de que el franquiciador sea un franquiciado principal, debe acompañar la información con los siguientes datos de su franquiciador: nombre, razón social, domicilio, forma jurídica y duración del acuerdo de franquicia principal; y manifestar que cuenta con el contrato que acredite la concesión por parte del franquiciador originario.

5. Las empresas inscritas por medio de representante deberán manifestar que cuentan con el documento acreditativo de esta condición.

Esta es la información que deberá entregarse de manera obligatoria. Además, pueden inscribirse, de forma voluntaria y a efectos de publicidad, los siguientes datos:

- La posesión de un certificado de calidad que acredite el cumplimiento de las normas de calidad y la identificación que lo demuestre.

- La adhesión a un sistema de solución extrajudicial de conflictos entre franquiciador y franquiciado.

- La firma de códigos de buenas prácticas en el ámbito de la franquicia.

- La adhesión al sistema arbitral de consumo u otros sistemas en relación con las quejas que planteen los consumidores.

- Otros datos de interés público.

Si se cumplen todas las recomendaciones establecidas en este artículo, no existirá ningún inconveniente ni sanción aplicable en lo que al registro de franquiciadores se refiere.

El regsitro puede impedir la comercialización de la actividad de la franquicia si no se encuentra en una situación regular, respecto al Registro de Franquiciadores, para evitar este tipo de problemas puede acudir a los servicios profesionales de una consultoría experta en franquicias.

Franquiciados

El franquiciado es la persona física o jurídica que, mediante ciertas condiciones, obtiene el derecho a comercializar y explotar productos o servicios bajo técnicas uniformes y experimentadas, con una rentabilidad probada y con el respaldo de una marca registrada.

A cambio, se comprometerá contractualmente al pago de unos cánones o royalties.

Habitualmente, podemos encontrar tres tipos de posibles franquiciados, como son el buscador de autoempleo, el inversor nato y el inversor que aporta local. Cada uno de estos tres posibles perfiles ofrecerá características distintas.

Los franquiciados en busca de autoempleopor lo general serán personas que han trabajado para terceros buena parte de su vida y que, por circunstancias, deben o quieren cambiar de modelo de empleabilidad. Serán normalmente perfiles muy estables y con características óptimas para ser franquiciados.

Por otro lado, el inversor nato necesitará de un gerente o director que esté al frente del negocio, convirtiéndose este gestor en un mero asalariado. Este perfil puede que sea menos atractivo para la enseña franquiciadora al no existir contacto directo con el gerente de la franquicia.

El inversor que aporta local a cualquier negocio de probado éxito, sin valorar sus propios preferencias supone en ocasiones un riesgo extra.

El futuro franquiciado deberá dedicar los siete días de la semana a su nueva empresa y la dedicación estará siempre mejor asegurada si el negocio se corresponde con sus gustos.

En cualquier caso, existen unas claras ventajas e inconvenientes comunes para todos los tipos de franquiciados.

Ventajas

En primer lugar, la transmisión de conocimientos. El franquiciado recibirá una serie de informaciones acerca de un negocio con probado éxito que le ahorrará buena parte del riesgo inicial de toda aventura empresarial.

Además, su inversión será menor que si hubiese decidido invertir en un negocio independiente. El franquiciado se beneficiará de los descuentos fruto de las sinergias de mercado de su central además de tener garantizada la formación inicial y continua durante la ejecución de todo el contrato. El coste de marketing y de publicidad que deberá realizar se verá considerablemente reducido al estar respaldado por una marca reconocida.

Por otro lado, se contará con un listado de proveedores que le ofrecerán precios sin competencia por la seguridad de las compras.

Las innovaciones tecnológicas y operativas que el franquiciador vaya descubriendo en el mercado y probando en sus unidades piloto serán directamente implantadas en las nuevas franquicias.

El franquiciado también obtendrá las ventajas de exclusividad del territorio que se le concedan, además de diversas facilidades financieras dentro del mundo de la franquicia.

Inconvenientes

El principal inconveniente con el que se puede encontrar el franquiciado es con el control y excesiva dependencia de su central franquiciadora. Sin embargo, este principal inconveniente repercutirá en la seguridad de ambas partes puesto que mediante esta vigilancia se conseguirá asegurar la buena marcha del negocio.

Otro inconveniente serían las limitaciones que el contrato de cada enseña contemple. Estas limitaciones serán en la mayoría de los casos dirigidas hacia la imposibilidad de realizar cambios por cuenta propia en el modelo empresarial.

Además, hay que tener en cuenta que el renombre de la marca puede disminuir, sin embargo, no estamos exentos en este apartado de toda responsabilidad.

Pese a ser empresas independientes, no debe olvidar nunca el franquiciado que los objetivos son comunes y que el mejor funcionamiento se conseguirá a través de una fluida comunicación y de un profundo respeto por el saber hacer de las partes.

Junto con este objetivo común, el franquiciado buscará encontrar franquicias que le aporten el producto deseado, liderazgo en el mercado, tecnología y diseño sin investigación, red de proveedores establecida, precio sin competencia y una ejecución de publicidad barata y de marketing definido.

Qué es una franquicia

Una franquicia es un sistema de comercialización de productos, servicios y/o tecnologías que se basa en una colaboración estrecha, continua y constante entre empresas jurídica y financieramente distintas.

En esta relación comercial, el franquiciador cede a sus franquiciados el derecho a explotar su idea de negocio con la obligación de hacerlo de conformidad con el concepto y criterios del franquiciador.

A través de este contrato comercial, la franquicia podrá utilizar el distintivo, la marca, el know how propio y demás derechos de propiedad intelectual del franquiciador a cambio de una contribución económica pactada en un contrato escrito y firmado por ambas partes.

Este sistema comercial estará basado en seis pilares fundamentales de obligado cumplimiento por la parte franquiciadora, como son la honestidad, el éxito, la marca, el saber hacer, la formación y la asistencia permanente.

Franquiciado y Franquiciador

Existen además unas reglas fundamentales para que el sistema de franquicia funcione correctamente y sea provechoso para todas las partes que participan en él.

Por un lado, el franquiciador tendrá la responsabilidad de seleccionar rigurosamente a los franquiciados. Para ello deberá utilizar todos los recursos que estén a su alcance para conocer las cualidades, posibilidades económicas y profesionales de los aspirantes a franquiciados.

Una de las principales preocupaciones de la central franquiciadora será mantener el reconocimiento de su marca. Este prestigio quedará en las manos de los franquiciados, por lo que su correcta elección será vital para el buen mantenimiento de la empresa.

El franquiciado, por otra parte, deberá  realizar una sincera autoevaluación y, tras ella, seleccionar proyecto entre todas las posibilidades de inversión que el mundo de la franquicia ofrece.

Valorará sus gustos, preferencias, posibilidades y elegirá una y otra enseña franquiciada teniendo en cuenta estas variables, adquiriendo el compromiso consigo mismo de poder cumplir con el papel de franquiciado. De su compromiso y buen hacer dependerá el la andadura de su inversión.

¿Cuáles son los tipos de Franquicia?

Es necesario saber diferenciar los múltiples tipos de franquicias que existen en el mercado.

La clasificación de franquicias seguida aquí está basada en las características de los productos que en ellas se vende, sus formas de introducirse y establecerse en el mercado, y sus características específicas.

- Franquicia de producción: En la franquicia de producción el propio franquiciado asume el papel de fabricante de los productos que comercializará posteriormente en los establecimientos franquiciados. 

- Franquicia de distribución: En la franquicia de distribución el franquiciador actúa como intermediario ofreciendo a sus franquiciados condiciones más favorables de las que obtendrían si actuasen de forma independiente.

- Franquicia de servicios: Las franquicias de servicios consistirán en la explotación de un determinado servicio bajo la fórmula original del franquiciador.

- Franquicia industrial: La franquicia industrial cede a sus franquiciados tecnología, procedimiento, métodos y materia prima para la fabricación de un producto determinado y de marca conocida.

- Franquicia corner: Las franquicias corner se desarrollan dentro de otro establecimiento comercial, franquiciado o no. La franquicia corner funciona de forma independiente con respecto al comerciante principal donde se ha establecido.

- Máster franquicia: máster franquicia será aquella que se extienda en una zona determinada y que, mediante la cesión de los derechos para hacerlo, concedidos por el franquiciador a un franquiciado llamado franquiciador principal, tendrá en un determinado territorio ya pactado, el papel de franquiciador.

Franquicias desde Casa, un modelo de franquicia muy actual

En los últimos siete años se ha producido un verdadero incremento de las actividades laborales y negocios desarrollados desde casa.

Las nuevas tecnologías de la comunicación, el deseo de economizar costes, la conciliación de la vida profesional con la familiar, el gravamen en tiempo y dinero de los desplazamientos, junto con otros muchos factores, han propiciado un importante desarrollo de actividades desde casa. Además, el perfil del trabajador ha variado experimentando una transformación a un perfil de alta cualificación con funciones directivas y de control sobre equipos.

La franquicia es un sistema flexible en continua adaptación, por lo que a desarrollado en su modelo de negocio la posiblidad de realizar "franquicias desde casa". 

Estas “Franquicias sin Local o desde Casa” suelen estar diseñadas con un fuerte componente de autoempleo y actividad sin trabajadores por parte del franquiciado, tanto en el comienzo de la actividad como en el crecimiento o desarrollo de la misma.

En este tipo de franquicias la inversión es baja, al no necesitar el alquiler o la compra de un establecimiento y todos los gastos que éste lleva aparejado, los costes por este concepto son nulos. La rentabilidad de estas franquicias dependen exclusívamente de la capacidad comercial y de trabajo del franquiciado.

Uno de los aspectos más importantes a valorar por el franquiciado, además de los generales sobre el estudio de la franquicia y del negocio a emprender, debe ser el de la posible limitación estructural o contractual de la franquicia para el caso de que, siendo una empresa de éxito, desease modificar la estructura implementando un local al activo o formando un equipo de trabajo, ya que no siempre será posible este crecimiento.

Por otra parte, el propio franquiciado debe valorar con ayuda de la franquicia o un experto en el sector, su propia capacidad de trabajo y su predisposición a la actividad comercial ya que en gran medida de estas dependerá la supervivencia y el éxito de la nueva empresa.

Cabe destacar la franquicia Web de la Ciudad, que explota el mercado de la comunicación y publicidad online, ofreciendo un modelo de negocio de éxito en el que con una inversión mínima obtendrás un retorno de la inversión casi inmediato, ya que desarrolla su actividad sin necesidad de local.

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