Advertencia
  • JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 88

Cómo inscribirse en el Registro de Franquiciadores

El Registro de Franquiciadores es un registro administrativo de carácter público que tiene por objeto dar publicidad e informar sobre las empresas franquiciadoras.

Este registro no incluye únicamente datos generales sobre las empresas franquiciadoras, sino datos cualitativos sobre las empresas que permiten un mayor grado de información sobre estas.

Las personas físicas o jurídicas que deseen llevar a cabo en nuestro país una actividad franquiciadora deben transmitir al registro de la comunidad autónoma en la que van a desarrollar su actividad todos sus datos en un plazo no superior a tres meses, como establece el apartado 2 del artículo 62 de la Ley 7/1996.

Transmitir al registro de franquiciadores estos datos no condiciona el inicio de la actividad empresarial, pero si transcurrido el citado plazo no se ha cumplido con esta exigencia, se le impondrá al responsable la correspondiente sanción, conforme con lo previsto en la ley ya mencionada.

En el caso de que el órgano competente de la comunidad autónoma no establezca la necesidad de la comunicación de datos, estos deberán facilitarse al registro de franquiciadores del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Los datos podrán entregarse en cualquier lugar indicado en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El Ministerio del Interior dicta que los franquiciadores que no tengan su establecimiento en España o en la Unión Europea, deberán comunicar sus datos directamente al registro central así como las posteriores modificaciones, debiendo presentar el original y la copia traducida de la documentación.

El artículo 7 del Real Decreto 201/2010 por el que se regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de franquiciadores, habla sobre el procedimiento para efectuar la comunicación de datos.

En él se enumeran los datos que deben incluirse obligatoriamente en el informe presentado al registro.

1. Datos referentes a los franquiciadores, incluyendo el nombre o razón social del franquiciador, su domicilio, los datos de inscripción en el Registro Mercantil y el número o código de identificación fiscal.

2. Denominación de los derechos de propiedad industrial o intelectual objeto del acuerdo de franquicia y acreditación de tener en vigor la titularidad de licencia del uso de los mismos, así como su duración y eventuales recursos judiciales interpuestos por el titular de la marca si los hubiere.

3. Descripción del negocio objeto de la franquicia, incluyendo el número de franquiciados que componen la red y su número de establecimientos, distinguiendo entre los que son propios y los que funcionan bajo régimen de franquicia, indicando la ubicación de ambos.Además debe señalarse cuánto tiempo lleva la empresa ejerciendo la actividad franquiciadora y los franquiciados que han dejado de pertenecer a la red en España en los dos últimos años.

4. En el caso de que el franquiciador sea un franquiciado principal, debe acompañar la información con los siguientes datos de su franquiciador: nombre, razón social, domicilio, forma jurídica y duración del acuerdo de franquicia principal; y manifestar que cuenta con el contrato que acredite la concesión por parte del franquiciador originario.

5. Las empresas inscritas por medio de representante deberán manifestar que cuentan con el documento acreditativo de esta condición.

Esta es la información que deberá entregarse de manera obligatoria. Además, pueden inscribirse, de forma voluntaria y a efectos de publicidad, los siguientes datos:

- La posesión de un certificado de calidad que acredite el cumplimiento de las normas de calidad y la identificación que lo demuestre.

- La adhesión a un sistema de solución extrajudicial de conflictos entre franquiciador y franquiciado.

- La firma de códigos de buenas prácticas en el ámbito de la franquicia.

- La adhesión al sistema arbitral de consumo u otros sistemas en relación con las quejas que planteen los consumidores.

- Otros datos de interés público.

Si se cumplen todas las recomendaciones establecidas en este artículo, no existirá ningún inconveniente ni sanción aplicable en lo que al registro de franquiciadores se refiere.

El regsitro puede impedir la comercialización de la actividad de la franquicia si no se encuentra en una situación regular, respecto al Registro de Franquiciadores, para evitar este tipo de problemas puede acudir a los servicios profesionales de una consultoría experta en franquicias.

Franquiciadores

El franquiciador es aquella persona física o jurídica que desarrolla y gestiona un modelo de negocio sobre un determinado producto o servicio, que busca la expansión del mismo a través de concesiones a los inversores –franquiciados-  sobre el derecho de operar bajo su marca y modelos organizativos y operativos.

Por tanto, la figura del franquiciador es la encargada de comenzar el desarrollo de una fórmula original y que haya obtenido una acogida positiva por parte de los consumidores; con el objetivo de conseguir esta expansión en base a la estrategia ya definida en su modelo de negocio y experimentada durante un tiempo representativo.

El objetivo principal es la expansión del negocio, mediante una ocupación rápida del mercado sin la necesidad de aportar recursos propios; haciendo uso de los recursos de infraestructura y económicos de una figura ajena.

Esta fórmula otorga una mayor rentabilización de las inversiones, la mejora en los canales de distribución y un notorio aumento de la imagen de marca, a la vez que los costes de marketing y publicidad se optimizan con la figura de los franquiciados.

El espíritu emprendedor del empresario debe valorar, antes de dar el paso hacia la fórmula de franquicia, una serie de aspectos que debe cumplir su negocio:

•   Contar con un sistema empresarial concreto, de éxito, con capacidad de crecimiento y de fácil trasmisión.

•   Saber transmitir los valores de experiencia, conocimiento, formación, cultura y esencia corporativa, agrupados en el know how de la franquicia.

•  Disponer de una estructura empresarial que pueda cumplir su función de soporte ante el franquiciado, bien con recursos propios o externalizados. Esto incluye infraestructuras, capacidad financiera y solvencia profesional.

•   La actividad no debe basarse en una demanda temporal, sino que debe centrarse en un mercado continuo y con posibilidad de desarrollo expansivo.

•  La existencia de un contrato, soporte informativo y un plan económico financiero es fundamental a la hora de asistir, trasladar la información y formación a los franquiciados. Para ello, es recomendable recurrir a Abogados y Consultores Expertos en Franquicia e independientes a la empresa.


Como todo proceso empresarial, esta fórmula de negocio conlleva una serie de ventajas e inconvenientes que deberá asumir el franquiciador a la hora de franquiciar.


Ventajas

•   Reducción de gastos de personal y control.

•   Puesta en marcha de economías de escala en todos los niveles estructurales.

•   Apertura de nuevos mercados, con un ágil desarrollo de la actividad empresarial.

•   Disminución de los riesgos económicos financieros.

•   Recepción de ideas, propuestas y conocimientos sin coste alguno, creando sinergias.

•   Ruptura de las barreras económicas y de recursos humanos, asociadas tradicionalmente a los procesos de crecimiento y desarrollo empresarial.

•   Difusión de la imagen de marca, creciendo su nivel de notoriedad y asentando una sólida presencia.


Inconvenientes

•   Complejidad comunicativa entre distintos puntos de venta.

•   Menor beneficio por unidad, aunque en conjunto aumenta cuanto mayor sea el volumen de venta.

•   Complicaciones a la hora de ejercer el control local de cada unidad de negocio franquiciada.

•   Dificultad de transmisión y cumplimiento del saber hacer, requiere una alta implicación por ambas partes, franquiciador y franquiciado.

Qué es una franquicia

Una franquicia es un sistema de comercialización de productos, servicios y/o tecnologías que se basa en una colaboración estrecha, continua y constante entre empresas jurídica y financieramente distintas.

En esta relación comercial, el franquiciador cede a sus franquiciados el derecho a explotar su idea de negocio con la obligación de hacerlo de conformidad con el concepto y criterios del franquiciador.

A través de este contrato comercial, la franquicia podrá utilizar el distintivo, la marca, el know how propio y demás derechos de propiedad intelectual del franquiciador a cambio de una contribución económica pactada en un contrato escrito y firmado por ambas partes.

Este sistema comercial estará basado en seis pilares fundamentales de obligado cumplimiento por la parte franquiciadora, como son la honestidad, el éxito, la marca, el saber hacer, la formación y la asistencia permanente.

Franquiciado y Franquiciador

Existen además unas reglas fundamentales para que el sistema de franquicia funcione correctamente y sea provechoso para todas las partes que participan en él.

Por un lado, el franquiciador tendrá la responsabilidad de seleccionar rigurosamente a los franquiciados. Para ello deberá utilizar todos los recursos que estén a su alcance para conocer las cualidades, posibilidades económicas y profesionales de los aspirantes a franquiciados.

Una de las principales preocupaciones de la central franquiciadora será mantener el reconocimiento de su marca. Este prestigio quedará en las manos de los franquiciados, por lo que su correcta elección será vital para el buen mantenimiento de la empresa.

El franquiciado, por otra parte, deberá  realizar una sincera autoevaluación y, tras ella, seleccionar proyecto entre todas las posibilidades de inversión que el mundo de la franquicia ofrece.

Valorará sus gustos, preferencias, posibilidades y elegirá una y otra enseña franquiciada teniendo en cuenta estas variables, adquiriendo el compromiso consigo mismo de poder cumplir con el papel de franquiciado. De su compromiso y buen hacer dependerá el la andadura de su inversión.

¿Cuáles son los tipos de Franquicia?

Es necesario saber diferenciar los múltiples tipos de franquicias que existen en el mercado.

La clasificación de franquicias seguida aquí está basada en las características de los productos que en ellas se vende, sus formas de introducirse y establecerse en el mercado, y sus características específicas.

- Franquicia de producción: En la franquicia de producción el propio franquiciado asume el papel de fabricante de los productos que comercializará posteriormente en los establecimientos franquiciados. 

- Franquicia de distribución: En la franquicia de distribución el franquiciador actúa como intermediario ofreciendo a sus franquiciados condiciones más favorables de las que obtendrían si actuasen de forma independiente.

- Franquicia de servicios: Las franquicias de servicios consistirán en la explotación de un determinado servicio bajo la fórmula original del franquiciador.

- Franquicia industrial: La franquicia industrial cede a sus franquiciados tecnología, procedimiento, métodos y materia prima para la fabricación de un producto determinado y de marca conocida.

- Franquicia corner: Las franquicias corner se desarrollan dentro de otro establecimiento comercial, franquiciado o no. La franquicia corner funciona de forma independiente con respecto al comerciante principal donde se ha establecido.

- Máster franquicia: máster franquicia será aquella que se extienda en una zona determinada y que, mediante la cesión de los derechos para hacerlo, concedidos por el franquiciador a un franquiciado llamado franquiciador principal, tendrá en un determinado territorio ya pactado, el papel de franquiciador.

Suscribirse a este canal RSS

Grupoius.


Grupoius, inaugurado en 1994, es el primer despacho de abogados, mediadores y consultores expertos en empresa, franquicias y redes de comercio asociado.

Dirección


Parque Empresarial Las Rozas
Centro Tartessos - Edif. Artemisa.
CL. Pollensa nº 2. CP 28290. Las Rozas de Madrid.
Madrid - España.